Articulo 58 Personal func...r nacional

Articulo 58 Personal funcionario con habilitación de carácter nacional

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 58. Comunicaciones

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Los nombramientos y ceses del personal interino integrante de las bolsas se comunicarán a las personas interesadas y a las entidades locales afectadas.

2. Las entidades locales remitirán a la dirección general competente en materia de administración local las tomas de posesión y de cese, dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en que se produzcan.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-07-2021 en vigor desde 21-07-2021