Articulo 58 Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje
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»Artículo 58. Documentación.
Vigente
1. Los planes de acción territorial sectorial constarán, como mínimo, de documentos de información, de objetivos y estrategias, de análisis y de estudio para la evaluación ambiental estratégica.
2. Los objetivos y las estrategias se elaborarán de acuerdo con lo previsto en los artículos 49 y 52 de esta Ley respecto a los planes de acción territorial integrados.
3. El estudio para la evaluación ambiental estratégica se elaborará y se tramitará conforme a su legislación específica.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-07-2004 en vigor desde 03-07-2004