Articulo 58 Educación de La Mancha
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Artículo 58. Orientación y acción tutorial.

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1. La acción tutorial y el asesoramiento específico en orientación educativa y profesional tendrán un papel relevante en cada uno de los cursos.

2. Junto a la tutoría de grupo, que tendrá un tiempo curricular específico, los centros docentes desarrollarán, en los términos que disponga la Consejería competente en materia de educación, experiencias de tutoría personalizada que permitan una respuesta más adaptada al alumnado y a su familia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-07-2010 en vigor desde 17-08-2010