Articulo 57 TR. Ley Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas -IRPF-
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»Artículo 57. Base liquidable especial del ahorro.
Vigente
(NOTA: con efectos desde el 1 de enero de 2016)
La base liquidable especial del ahorro coincidirá con la parte especial del ahorro de la base imponible establecida en el artículo 54.
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY FORAL 23/2015, de 28 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias.
(BON de 30-12-2015) en vigor desde 31-12-2015