Articulo 57 TR de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo
Articulo 57 TR de la Ley ... Urbanismo

Articulo 57 TR. de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 57. Objeto.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. El Plan General Municipal es el instrumento básico a través del cual se establece la ordenación urbanística de un término municipal completo mediante una regulación integrada y global.

2. El Plan General Municipal tiene por objeto definir la estrategia y modelo municipal de ocupación del territorio y establecer la ordenación estructurante para todo el término municipal, de acuerdo con el contenido de los apartados 1 y 2 del artículo 49 de la presente ley foral.

3. El Plan General Municipal establecerá la ordenación pormenorizada únicamente para todo el suelo urbano consolidado, y fijará criterios generales para la ordenación pormenorizada del suelo urbano no consolidado y del suelo urbanizable. En municipios menores de 500 habitantes el Plan podrá establecer la ordenación pormenorizada del conjunto de suelo urbano o urbanizable del municipio si así se ha establecido en la Estrategia y Modelo de Ordenación del Territorio.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-08-2017 en vigor desde 01-09-2017