Articulo 57 Recuperación de la memoria democrática
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»Artículo 57. Reincidencia.
Vigente
En caso de reincidencia, se estará a lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.