Articulo 57 Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas, Urbanísticas, de Transportes y de la Comunicación
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»Artículo 57. Naturaleza del Consejo.
Vigente
El Consejo para la Promoción de la Accesibilidad y Eliminación de Barreras es el máximo órgano participativo, consultivo y asesor de la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de Accesibilidad y Supresión de Barreras adscrito al Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo en el que estarán representadas todas las Administraciones Públicas, organizaciones empresariales y sindicales, y organizaciones no gubernamentales del sector.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 15-03-1999 en vigor desde 15-06-1999