Articulo 57 Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje
Articulo 57 Ordenación de...el Paisaje

Articulo 57 Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 57. Determinaciones.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Los planes de acción territorial sectoriales establecerán las determinaciones necesarias para el cumplimiento de sus objetivos y serán coherentes con los objetivos y criterios de ordenación establecidos en esta Ley y, en su caso, en la Estrategia Territorial de la Comunidad Valenciana.

2. Podrán establecer reservas de terrenos cuando sea necesario para el cumplimiento de sus objetivos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-07-2004 en vigor desde 03-07-2004