Articulo 57 Medidas fisca...eneralitat

Articulo 57 Medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización 2015 de la Generalitat

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 57

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Se modifica el artículo 3 del Reglamento para el reconocimiento de las indemnizaciones y las ayudas económicas a las víctimas de violencia sobre la mujer, aprobado por Decreto 63/2014, de 25 de abril, del Consell, que queda redactado como sigue.

Artículo 3. Personas beneficiarias

1. Tendrán derecho a las indemnizaciones reguladas en el presente capítulo las personas a las que se refieren los articulos 4.2 y 16 de la Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat.

2. La presente modificación no afecta al rango reglamentario del precepto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2015 en vigor desde 01-01-2016