Articulo 57 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organ...06 de la Generalitat
Articulo 57 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 2006 de la Generalitat
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»Artículo 57.
Vigente
Se modifica la letra a del punto 1 del artículo 153 de la Ley 6/2003, de 4 de marzo, de la Generalitat, de Ganadería de la Comunidad Valenciana, que queda redactado como sigue:
En el caso de infracciones leves: multa de 600 a 3000 euros o apercibimiento. El apercibimiento sólo se impondrá si no hubiera mediado dolo y en los últimos dos años el responsable no hubiera sido sancionado en vía administrativa por la comisión de cualquier otra infracción de las previstas en esta Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-12-2006 en vigor desde 01-01-2007