Articulo 57 Medidas Fisca...os Propios

Articulo 57 Medidas Fiscales y Administrativas en materia de Tributos Cedidos y Tributos Propios

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Artículo 57. Tarifas.

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La cuantía de la tasa se determina por la aplicación de las siguientes tarifas:

1. Estudios e informes para obras e instalaciones de nueva construcción, ampliación, modificación o reforma.

Tarifa 01. Por el estudio e informe previo de cada proyecto antes de autorizar las obras:

Con presupuestos de hasta 60.101,21 euros. 104,58 euros.

Con presupuestos de más de 60.101,21 euros y hasta 601.012,10 euros: 209,13 euros.

Con presupuestos de más de 601.012,10 euros: 313,18 euros.

Tarifa 02. Por la comprobación de la obra terminada y emisión del informe previo al permiso para uso o funcionamiento:

Con presupuestos de hasta 60.101,21 euros: 156,68 euros.

Con presupuestos de más de 60.101,21 euros y hasta 601.012,10 euros: 313,18 euros.

Con presupuestos de más de 601.012,10 euros: 470,03 euros.

2. Inspección de construcciones, locales, instalaciones, industrias, actividades, espectáculos y servicios.

Tarifa 03. A establecimientos de hasta 10 empleados: 52,28 euros.

Tarifa 04. A establecimientos de 11 a 25 empleados: 104,58 euros.

Tarifa 05. A establecimientos de más de 25 empleados: 209,13 euros.

3. Cadáveres y restos cadavéricos.

Tarifa 06. Intervención del órgano competente en la tramitación de los expedientes para la concesión de las autorizaciones siguientes:

1. Traslado de un cadáver sin inhumar a otra Comunidad Autónoma: 21,16 euros.

2. Exhumación de un cadáver antes de los tres años de su enterramiento para su traslado a otra Comunidad Autónoma: 52,81 euros.

3. Exhumación de un cadáver después de los tres años de la defunción y antes de los cinco para su traslado a otra Comunidad Autónoma: 31,65 euros.

4. Exhumación con o sin traslado de los restos de un cadáver después de los cinco años de la defunción para su traslado a otra Comunidad Autónoma: 15,56 euros.

5. Inhumación de un cadáver en cripta fuera del cementerio: 148,81 euros.

6. Práctica tanatológica:

A) Conservación transitoria: 31,65 euros.

B) Embalsamamiento: 52,28 euros.

4. Otras actuaciones sanitarias.

Tarifa 07. Inspección sanitaria en los casos previstos por la normativa vigente: 52,28 euros.

Tarifa 08. Inspección de centros de expedición de certificados de aptitud obligatorios para permisos de conducción, licencia de armas y otros análogos: 104,58 euros.

Tarifa 09. Inscripción de sociedades médico-farmacéuticas que ejerzan sus actividades exclusivamente en la Comunidad Autónoma: 104,58 euros.

Tarifa 10. Emisión de informes o certificados que requieran estudios o exámenes de proyectos y/o expedientes tramitados, no comprendidos en conceptos anteriores, según el valor de la mercancía, con la siguiente escala:

Hasta 601,01 euros: 4,72 euros.

De 601,02 euros a 3.005,06 euros: 8,92 euros.

De 3.005,07 a 6.010,12 euros: 13,47 euros.

De 6.010,13 a 12.020.24 euros: 22,21 euros.

De 12.020,25 a 30.050,61 euros: 35,49 euros.

Más de 30.050,61 euros: 52,28 euros.

Tarifa 11. Entrega de libros oficiales de control sanitario de establecimientos y diligencia de los mismos: 8,22 euros.

5. Inspección veterinaria.

Tarifa 12. Reconocimiento de caza mayor y análisis triquinoscópico cuando proceda: 9,80 euros.

Tarifa 13. Reconocimiento de cerdos en campaña de sacrificio domiciliario: 5,41 euros.

Tarifa 14. Autorizaciones administrativas y de apertura de centros, servicios y establecimientos sanitarios y por su inspección.

1. Por la tramitación de la autorización administrativa previa para la creación, traslado y apertura de centros y servicios sanitarios:

a) Hospitales: 279,78 euros

b) Centros sanitarios con 15 o más trabajadores sanitarios : 139,89 euros

c) Centros sanitarios con menos de 15 trabajadores sanitarios. 69,96 euros

2. Por la tramitación de la autorización administrativa previa para la modificación y apertura de centros y servicios sanitarios:

a) Hospitales: 209,85 euros

b) Servicios hospitalarios de nueva creación: 104,93 euros

c) Centros sanitarios con 15 o más trabajadores sanitarios: 69,96 euros

d) Centros sanitarios con menos de 15 trabajadores sanitarios: 34,97 euros

3. Por la tramitación de la autorización administrativa para el cierre de centros y servicios sanitarios: 37,97 euros

4. Por la inspección preceptiva de centros y servicios sanitarios para la autorización de apertura solicitada cuando anteriormente se haya concedido la autorización administrativa previa, u otras inspecciones preceptivas para la emisión de informes y certificaciones:

a) Hospitales: 209,85 euros

b) Servicios hospitalarios de nueva creación: 174,86 euros

c) Centros sanitarios con 15 o más trabajadores sanitarios: 139,89 euros

d) Centros sanitarios con menos de 15 trabajadores sanitarios: 87,44 euros

e) Vehículos destinados a transporte sanitario por carretera: 48,97 euros

5. Por la inspección de centros y servicios sanitarios a instancia de parte de los interesados: 4,48 euros.

6. Establecimientos sanitarios de óptica, ortopedia y audioprótesis:

a) Autorización de instalación y funcionamiento: 174,86 euros

b) Autorización de modificaciones en lo referente a su emplazamiento: 174,86 euros

c) Autorización de otras modificaciones: 34,97 euros

d) Autorización de cierre: 34,97 euros

e) Por la inspección a instancia de parte de los interesados: 87,44 euros

7. Fabricación de productos sanitarios a medida:

a) Autorización inicial: 349,74 euros

b) Revalidación de la autorización: 174,86 euros

c) Autorización de modificaciones en lo referente a su emplazamiento: 349,74 euros

d) Autorización de otras modificaciones: 34,97 euros

e) Autorización para la fabricación a medida y venta con adaptación en el sector ortoprotésico: 349,74 euros

f) Por la inspección a instancia de parte de los interesados: 87,44 euros

Tarifa 15. Comunicaciones de consultas profesionales.

1. Consultas relativas a actividades en las que se generan residuos sanitarios y requieran la elaboración de un «Plan de gestión infracentro» de estos residuos y la correspondiente emisión de informe sobre el mismo, y/o sobre aquéllas que dispongan de instalaciones radiactivas: 69,95 euros.

2. Consultas relativas a actividades en las que no se generan residuos sanitarios y que no dispongan de aparatos de instalaciones radiactivas: 34,97 euros.

Tarifa 16. Tramitación de visados de publicidad médico sanitaria.

1. Visados que requieren el asesoramiento de la Comisión Provincial de Visado de Publicidad Médico Sanitaria: 34,97 euros.

2. Visados que no requieren el asesoramiento de la Comisión Provincial de Visado de Publicidad Médico Sanitaria: 17,49 euros.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2005 en vigor desde 01-01-2006