Articulo 57 Medidas fiscales y administrativas 2001 de Cataluña
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»Artículo 57. Modificaciones de la Ley 7/1993, de 30 de septiembre, de carreteras.
Vigente
(DEROGADO)
Modificaciones
- Modificación realizada (57 (se deroga)) por LEY 5/2017, de 28 de marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono.
(DOGC de 30-03-2017) en vigor desde 31-03-2017 - Modificación realizada (57 (se deroga)) por DECRETO LEGISLATIVO 2/2009, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de carreteras.
(DOGC de 27-08-2009) en vigor desde 28-08-2009 - Artículo modificado por CORRECCIÓN DE ERRATAS en la Ley 21/2001, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas (DOGC núm. 3543A, pág. 20147, de 31.12.2001) .
(DOGC de 18-01-2002) en vigor desde 01-01-2002