Articulo 57 Impuesto sobre sociedades -derogada con excepciones-
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»Artículo 57. Cuota tributaria.
Vigente
(DEROGADO)
Modificaciones
- Modificación realizada (57 (se deroga)) por LEY 41/1998, de 9 de diciembre, sobre la Renta de no Residentes y Normas Tributarias.
(BOE de 10-12-1998) en vigor desde 01-01-1999 - Modificación realizada (57 (apdo. 2)) por Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social
(BOE de 31-12-1997) en vigor desde 01-01-1998 - Artículo modificado por LEY 12/1996, DE 30 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 1997.
(BOE de 31-12-1996) en vigor desde 01-01-1997