Articulo 57 Explotación Agraria y Desarrollo Rural
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»Artículo 57. Actuaciones.
Vigente
Las actuaciones tanto de transformación de nuevos regadíos como de mejora, consotidación y modernización de regadíos que lleven a efectos los o las particulares se regirán por lo establecido en la normativa autonómica relativa al programa para la Mejora, Consolidación y Transformación de los Regadíos en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-05-2004 en vigor desde 25-06-2004