Articulo 57 Carta Municipal de Barcelona
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»Artículo 57.
Vigente
El Ayuntamiento de Barcelona goza de representación propia en el Consejo Catalán de la Función Pública y en el Consejo Rector de la Escuela de Administración Pública de Cataluña.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-01-1999 en vigor desde 28-01-1999