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Articulo 57 Agencia para la Gestión Operativa de Sistemas Informáticos de Gran Magnitud en el Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia -eu-LISA-

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Artículo 57. Sustitución y derogación

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El Reglamento (UE) n.º 1077/2011 queda sustituido por el presente Reglamento respecto de los Estados miembros obligados por el presente Reglamento.

Por consiguiente, el Reglamento (UE) n.º 1077/2011 queda derogado.

En lo que respecta a los Estados miembros obligados por el presente Reglamento, las referencias al Reglamento derogado se entenderán hechas al presente Reglamento con arreglo a la tabla de correspondencias que figura en el anexo del presente Reglamento.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-11-2018 en vigor desde 11-12-2018