Articulo 56 TR del Estatu...s Públicas

Articulo 56 TR. del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas

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Artículo 56.

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Los funcionarios en situación de servicio activo están obligados:

a) A respetar el Régimen Foral de Navarra y a acatar la Constitución y las leyes.

b) A servir con objetividad los intereses generales, cumpliendo de modo fiel, estricto, imparcial y diligente las funciones propias de su cargo.

c) A observar el régimen de incompatibilidades establecido en el presente Estatuto.

d) Al secreto profesional.

e) A tratar con respeto y corrección a sus superiores, compañeros, subordinados y administrados, facilitando a estos últimos el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes.

f) A cumplir las órdenes de sus superiores jerárquicos en las materias propias del servicio.

g) A sustituir en sus funciones a sus compañeros ausentes del servicio, incluidos los superiores.

h) (Suprimida).

i) A asistir puntualmente al correspondiente lugar de trabajo y a cumplir estrictamente la jornada que reglamentariamente se determine.

j) A responsabilizarse con su firma de los informes, proyectos o actuaciones profesionales que realice en el ejercicio de su cargo.

k) A contribuir a la financiación del régimen de derechos pasivos, conforme a lo establecido en el artículo 73.2.

l) A cumplir las obligaciones esenciales, no comprendidas en los párrafos anteriores, que la legislación básica del Estado imponga a los funcionarios públicos.