Articulo 56 Servicios sociales de I. Balears
Artículo 56 Estructura del Consejo de Servicios Sociales de las Illes Balears
1. El Consejo de Servicios Sociales de las Illes Balears se estructura en los siguientes órganos:
a) El presidente o la presidenta.
b) El pleno.
c) Las comisiones funcionales.
d) Las comisiones sectoriales.
2. El pleno trata de las materias estratégicas más importantes para el sistema de servicios sociales, especialmente de las relacionadas con la planificación y los presupuestos.
3. Las comisiones funcionales siguen, de una manera permanente, el desarrollo de la gestión y la programación de los servicios sociales.
4. Las comisiones sectoriales tratan, de una manera especializada, de la planificación, la programación y el ordenamiento de sectores concretos de los servicios sociales.
5. El número y las funciones de las comisiones se determinarán en el reglamento de régimen interno que apruebe el pleno, el cual, asimismo, regulará la relación con el pleno y las comisiones. También se pueden crear comisiones temporales para deliberar sobre proyectos concretos.
- Texto Original. Publicado el 18-06-2009 en vigor desde 18-08-2009