Articulo 56 Servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos
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»Artículo 56.
Vigente
(DEROGADO)
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 10/2007, de 30 de julio, del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña.
(DOGC de 03-08-2007) en vigor desde 04-09-2007