Artículo 56 Reglamento de procedimientos amistosos en materia de imposicion directa
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»Artículo 56. Normativa aplicable a la fase de ejecución.
Vigente
La ejecución del acuerdo al que se refiere el artículo 54 se regirá por lo dispuesto en el artículo 17 de este reglamento.
Modificaciones
- Modificación realizada (56 (se añade)) por Real Decreto 399/2021, de 8 de junio, por el que se modifican el Reglamento de procedimientos amistosos en materia de imposición directa, aprobado por el Real Decreto 1794/2008, de 3 de noviembre, y otras normas tributarias.
(BOE de 09-06-2021) en vigor desde 10-06-2021 - Texto Original. Publicado el 18-11-2008 en vigor desde 10-06-2021