Articulo 56 Reglamento de...stro Civil

Articulo 56 Reglamento de la Ley del Registro Civil

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Artículo 56.

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La Dirección General ejerce la inspección superior por sus funcionarios del grupo A, Licenciados en Derecho, con la categoría de Subdirectores o Jefes de Servicio, que tienen carácter y atribuciones de Inspectores centrales, sin perjuicio de la superior facultad del Director General.

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