Articulo 56 Reforma del E... de Aragon

Articulo 56 Reforma del Estatuto de Autonomia de Aragon

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Artículo 56. Cese.

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1. El Gobierno de Aragón cesa cuando lo hace su Presidente.

2. El Gobierno de Aragón cesante continuará en funciones hasta la toma de posesión del nuevo.

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  • Texto Original. Publicado el 23-04-2007 en vigor desde 23-04-2007