Articulo 56 Medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional
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»Artículo 56. Creación y adscripción.
Vigente
Se crea el Instituto de Turismo de la Región de Murcia, en adelante el Instituto, como una entidad pública empresarial dependiente de la Administración General de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada.
El Instituto queda adscrito a la consejería competente en materia de turismo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2012 en vigor desde 01-01-2013