Articulo 56 Medidas fiscales y administrativas 2004 de Cataluña
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Articulo 56 Medidas fiscales y administrativas 2004 de Cataluña

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Artículo 56. Afectación de las cantidades recaudadas procedentes de sanciones en materia de control, regularidad y calidad del suministro de energía eléctrica en Cataluña.

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Las cantidades recaudadas procedentes de las sanciones impuestas en materia de control, regularidad y calidad del suministro de energía eléctrica en Cataluña se afectan a la financiación de actuaciones vinculadas al sector eléctrico. Dichas cantidades recaudadas son objeto de generación de créditos en las partidas correspondientes de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, del Departamento de Trabajo e Industria, por una cuantía igual al exceso sobre la cantidad recaudada en el ejercicio anterior, incrementada en el índice de precios de consumo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-07-2004 en vigor desde 22-07-2004