Articulo 56 Calidad alimentaria de Galicia
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»Artículo 56. Auditorías
Vigente
Los consejos reguladores están sometidos a auditorías técnicas, económicas, financieras o de gestión, que deben hacer los órganos de la consejería competente en razón de la naturaleza del producto a que se refiera la figura de protección de la calidad diferenciada.