Articulo 56 Arancel de derechos de los profesionales de la Procura
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»Artículo 56. Juicios rápidos y juicios por delitos leves.
Vigente
Por la tramitación completa en los juicios rápidos y juicios por delitos leves percibirán los profesionales de la Procura por su intervención, cualquiera que sea el concepto en el que comparezca y sin perjuicio de lo que corresponda por el ejercicio de la acción civil, como máximo la cantidad de 55,00 euros.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 01-05-2024 en vigor desde 02-05-2024