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Articulo 56 Agencia para la Gestión Operativa de Sistemas Informáticos de Gran Magnitud en el Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia -eu-LISA-

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Artículo 56. Disposiciones transitorias relativas al director ejecutivo

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El director ejecutivo de la Agencia Europea para la gestión operativa de sistemas informáticos de gran magnitud en el espacio de libertad, seguridad y justicia nombrado con base en el artículo 18 del Reglamento (UE) n.º 1077/2011 estará encargado, durante el resto de su mandato, de ejercer las responsabilidades de director ejecutivo de la Agencia, tal como establece el artículo 24 del presente Reglamento. Las demás condiciones de su contrato se mantendrán inalteradas. Si, antes del 11 de diciembre de 2018, se adoptara una decisión por la que se prorroga el mandato del director ejecutivo de conformidad con el artículo 18, apartado 4, del Reglamento (UE) n.º 1077/2011, dicho mandato se prorrogará automáticamente hasta el 31 de octubre de 2022.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-11-2018 en vigor desde 11-12-2018