Articulo 55 Reglamento de...rdia Civil

Articulo 55 Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil

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Artículo 55. Cursos de especialización.

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1. Son cursos de especialización aquellos cuya finalidad es dotar de las competencias necesarias para el desempeño de aquellos puestos de trabajo de especialista, proporcionando en este caso, con su superación, la aptitud que conlleve la adquisición de la cualificación específica correspondiente, o para el ejercicio de una actividad profesional en un área concreta.

Los planes de estudios de los cursos de especialización que conlleven la adquisición de una especialidad se elaborarán sobre la base de las competencias contenidas en el Catálogo de Cualificaciones Específicas de la Guardia Civil. El resto de planes de estudios de cursos de especialización en la Guardia Civil contendrán las competencias que sean necesarias para el ejercicio de la actividad profesional objeto del curso. Dichas competencias serán acreditadas mediante la superación de los correspondientes módulos formativos o por otros tipos reconocidos de formación no reglada.

2. La aprobación de los perfiles de egreso corresponde al Director General de la Guardia Civil.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-03-2018 en vigor desde 06-04-2018