Articulo 55 Recuperación de la memoria democrática
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»Artículo 55. Responsabilidades.
Vigente
1. Serán responsables como personas autoras las personas físicas o jurídicas que, a título de dolo o culpa, realicen acciones u omisiones contrarias a esta ley.
2. En su caso, serán responsables solidarios de las infracciones previstas en esta ley quienes hubieran ordenado la realización de tales acciones u omisiones.