Articulo 55 Procedimiento...el sistema

Articulo 55 Procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 55º.-Devolución de ingresos indebidos.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


En los supuestos de exceso en el pago por parte de los beneficiarios de su participación en las prestaciones o servicios que reciba, dará lugar a un expediente de ingresos indebidos de la Administración de acuerdo con lo establecido en la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el Decreto 61/2005, de 7 de abril, por el que se dictan las normas para la aplicación de las tasas y precios de la Comunidad Autónoma de Galicia, en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, y el Real decreto 520/2003, de 17 de diciembre, por el que se aprueba su desarrollo en materia de revisión en vía administrativa.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-02-2010 en vigor desde 20-02-2010