Articulo 55 Prevención y ...ctividades

Articulo 55 Prevención y control ambiental de las actividades

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Artículo 55. Régimen de intervención ambiental de las actividades dirigidas a investigar, desarrollar y experimentar nuevos productos y procesos

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La práctica de las actuaciones dirigidas a investigar, desarrollar y experimentar nuevos productos y procesos debe comunicarse al departamento competente en materia de medio ambiente, para determinar las condiciones, los requerimientos y los controles ambientales que sean necesarios.

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  • Texto Original. Publicado el 11-12-2009 en vigor desde 11-08-2010