Articulo 55 Prevención y ... ambiental

Articulo 55 Prevención y calidad ambiental

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 55. Ámbito de aplicación.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Se somete a autorización ambiental unificada la construcción, montaje, explotación, traslado o modificación sustancial, de las instalaciones de titularidad pública o privada en las que se desarrolle alguna de las actividades que se incluyen en el Anexo VI.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-06-2010 en vigor desde 24-09-2010