Articulo 55 politica industrial

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Artículo 55. Recursos económicos

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Los recursos económicos del Ente de Coordinación y Gestión de las Participaciones y Entidades Públicas Industriales de la Generalidad son:

a) Los créditos asignados en los presupuestos de la Generalidad.

b) Las subvenciones, las ayudas y las donaciones de personas públicas o privadas.

c) Los rendimientos o los productos de los bienes propios.

d) Los créditos y los préstamos que le sean concedidos.

e) Cualquier otro ingreso de acuerdo a derecho.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 09-07-2009 en vigor desde 10-07-2009