Articulo 55 Ciencia, Tecn...Innovación

Articulo 55 Ciencia, Tecnología e Innovación

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Artículo 55. Cooperación al Desarrollo.

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La Junta de Extremadura impulsará la participación del SECTI en la cooperación al desarrollo, a través de la Agencia Extremeña de Cooperación Internacional al Desarrollo, aportando I+D+i para la mejora socioeconómica de los países en desarrollo, potenciando programas de formación de personal investigador, proyectos de investigación en áreas estratégicas y transferencia de conocimientos y asesoramiento a los sectores emergentes de dichos países.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-11-2010 en vigor desde 20-11-2010