Articulo 55 Caza de Euskadi

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Artículo 55.- Infracciones muy graves.

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1.- Cazar especies amenazadas.

2.- Cazar mediante la destrucción del hábitat de especies amenazadas, en particular del lugar de reproducción, hibernación, invernada, reposo, campeo o alimentación.

3.- Cazar en días de nieve o fortuna, o cuando por la niebla, humos u otras causas la visibilidad sea inferior a 250 metros.

4.- Cazar en terreno cinegético, aun cuando no se haya cobrado pieza alguna, sin estar en posesión de la autorización o permiso necesarios.

5.- Cazar no teniendo contratado y vigente el seguro obligatorio correspondiente.

6.- Cazar, en terrenos cinegéticos, especies para las que sea necesaria una autorización nominal, sin contar con ésta.

7.- Cazar en espacios naturales protegidos o en las áreas protegidas por instrumentos internacionales cuando esté prohibido hacerlo o sobre especies no autorizadas.

8.- Poner en peligro la integridad física de las personas durante la caza.

9.- Cazar en refugios de fauna sin autorización.

10.- Transportar o soltar caza viva o huevos de aves cinegéticas sin contar con la autorización necesaria.

11.- La recogida de crías o huevos de aves cinegéticas y su transporte y venta sin contar con autorización administrativa.

12.- Cazar en época de veda, salvo que se trate de zonas de caza industrial o zonas de adiestramiento de perros de caza o de actividades cinegéticas.

13.- Cazar o transitar utilizando armas automáticas o semiautomáticas cuyo cargador pueda albergar más de dos cartuchos de munición.

14.- La tenencia para la caza o la utilización de postas.

15.- Cazar en línea de retranca con armas largas rayadas.

16.- Cazar mediante explosivos, venenos, cebos envenenados o no, gases o sustancias asfixiantes, incluido el humo, paralizantes, tranquilizantes, atrayentes o repelentes.

17.- Negarse a mostrar, en cualquier clase de terreno, el contenido del morral o la munición empleada, o el interior de los vehículos, remolques, medios de caza o equipamientos auxiliares e instalaciones relacionadas con la actividad regulada en la presente ley, o a someterse a control de alcohol o drogas.

18.- El ejercicio de la caza bajo los efectos del alcohol, sustancias estupefacientes o psicotrópicas. A estos efectos se considerará estar bajo los efectos del alcohol presentar una tasa de alcohol en sangre superior a lo establecido en la normativa de seguridad vial para conducir automóviles.

19.- Comercializar, bajo cualquier forma, especies amenazadas.

20.- Falsear los lindes o superficie de un terreno cinegético.

21.- Quitar o dañar las señales cinegéticas.

22.- Incumplir la obligación de mantener el seguro de responsabilidad civil y el contrato de vigilancia cinegética.

23.- Infringir las prohibiciones de subarrendar los aprovechamientos cinegéticos del terreno cinegético, o ceder por cualquier título los contratos de arrendamiento sin autorización de la diputación foral.

24.- El incumplimiento grave de los planes de ordenación o de seguimiento cinegético o la comprobación de que la gestión cinegética desarrollada en un terreno afecta negativamente a la renovación o sostenibilidad de los recursos.

25.- La falta de declaración, por parte de las personas o entidades titulares de terrenos o aprovechamientos cinegéticos, de las epizootias y zoonosis que afecten a la fauna cinegética que los habita.

26.- Incumplir las personas o entidades titulares de terrenos o aprovechamientos cinegéticos las medidas que se ordenen para prevenir o combatir las epizootias y zoonosis.

27.- Instalar zonas de caza industrial o zonas de adiestramiento de perros de caza o zonas de actividades cinegéticas sin autorización de la diputación foral.

28.- Falsear los datos de la solicitud de licencia de caza, incluidas las declaraciones que se acompañen, o suplantar la personalidad de la persona aspirante en el examen de caza.

29.- Cazar de noche sin autorización expresa de la diputación foral.

30.- Cazar teniendo retirada la licencia de caza o estando privado de obtenerla por sentencia judicial o resolución administrativa firmes.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-03-2011 en vigor desde 30-03-2011