Articulo 55 Calidad Ambiental

Articulo 55 Calidad Ambiental

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 55. Autorización ambiental integrada de instalaciones explotadas por varios titulares.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


En caso de que la autorización ambiental integrada ordinaria o simplificada sea válida para varias partes de una instalación explotada por diferentes titulares, la autorización concretará, cuando sea posible, las responsabilidades de cada uno de ellos. Si no es posible dicha determinación, la responsabilidad de la explotación se exigirá de los titulares de forma solidaria.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-03-2023 en vigor desde 13-04-2023