Artículo 54 ter Reglament...al Canario

Artículo 54 ter Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal Canario

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Artículo 54 ter.- Exclusión de la obligación de llevanza electrónica de los libros registro.

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Quedarán excluidos de la obligación de llevar los libros registro a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria Canaria:

- Los sujetos pasivos que pierdan la condición de gran empresa, con efecto desde el día 1 de enero del año natural en el que no se disponga de tal condición.

- Los sujetos pasivos que soliciten la baja en el Registro de devolución mensual, con efecto desde el día 1 de enero del año natural en que adquiera efecto la baja.

- Los sujetos pasivos que queden excluidos del Registro de devolución mensual, con efecto desde el primer día del mes en el que se haya notificado el respectivo acuerdo de exclusión.

- Los sujetos pasivos afectados por el cese del régimen especial del grupo de entidades o excluidos del citado régimen, con efecto desde el primer día del mes en que se produzca la circunstancia del cese o exclusión.

Lo establecido en los guiones anteriores no será de aplicación cuando se trate de empresarios o profesionales cuyo periodo de liquidación siga siendo mensual de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57.5 de este Reglamento.