Articulo 54 Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid
Articulo 54 Servicios Soc... de Madrid

Articulo 54 Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 54. Condiciones materiales y funcionales de los centros y servicios de atención social

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


1. Sin perjuicio de lo previsto en los artículos anteriores, para la determinación de las condiciones materiales básicas de los centros y servicios se atenderá de forma primordial a los siguientes aspectos:

a) Cumplimiento de la normativa en materia de accesibilidad universal, sanitaria y de seguridad.

b) Adecuación a las actividades de los servicios que prestan y adaptación a las condiciones físicas de sus usuarios.

2. Las condiciones funcionales básicas de los centros y servicios se establecerán asimismo por la normativa de desarrollo. Para su determinación, se atenderá de forma primordial a los siguientes aspectos:

a) Garantía de los derechos de los usuarios.

b) Atención social adecuada.

c) Existencia de normas de régimen interno adecuadas a la prestación de los servicios.

d) Régimen de precios acorde con la normativa vigente.

e) Publicidad de la documentación exigible por la normativa que garantice una información completa y accesible sobre los derechos y deberes del usuario, así como de los datos acreditativos del centro y la entidad que realiza la actividad.

f) Existencia de personal suficiente, cualificado e idóneo para la prestación de los servicios. La normativa de desarrollo establecerá las ratios de personal en función de su cualificación y funciones, el tipo de usuarios del servicio, así como el régimen de presencia física, por turnos.

g) Existencia de un documento de admisión en el que figuren las condiciones de prestación del servicio, para su firma por el usuario y el titular del centro o servicio.

h) Fomento de la autonomía personal de las personas atendidas.

i) Suscripción de pólizas de seguros de responsabilidad que cubran eventuales daños.

j) Disposición de un sistema de evaluación de calidad del centro o servicio.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-12-2022 en vigor desde 11-01-2023