Articulo 54 Reglamento de Recaudación
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Artículo 54. Solicitud

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1. La tramitación de cualquier aplazamiento o fraccionamiento se iniciará siempre previa presentación de una única solicitud por parte del deudor.

2. Las solicitudes de aplazamiento se dirigirán a la Hacienda Tributaria de Navarra, de acuerdo con los siguientes plazos:

a) Para las deudas que se encuentren incursas en periodo ejecutivo, en cualquier momento anterior a la autorización de enajenación de bienes embargados.

b) Para el resto de las deudas antes de iniciarse el periodo ejecutivo.

3. Las solicitudes de aplazamiento se presentarán cumplimentando el modelo que se facilitará por la Hacienda Tributaria de Navarra y contendrán, necesariamente, los siguientes datos:

a) Nombre y apellidos, razón social o denominación, número de identificación fiscal y domicilio del solicitante.

b) Deuda cuyo aplazamiento se solicita, indicando su concepto, importe, periodo y fecha de finalización del periodo voluntario. En caso de autoliquidaciones, fotocopia del documento de autoliquidación presentado ante la Hacienda Tributaria de Navarra.

c) Propuesta de pago, indicando el plazo máximo solicitado, y la periodicidad de los pagos fraccionados.

d) Justificante, en su caso, del ingreso del 30 por 100 de las deudas cuyo aplazamiento se solicita.

e) Datos de la domiciliación bancaria de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.2 de este Reglamento.

f) Garantía que, en su caso, se ofrece. Los órganos de recaudación podrán requerir a los peticionarios la aportación de la valoración de los bienes o derechos ofrecidos en garantía, efectuada por empresas o profesionales especializados e independientes.

g) Descripción, en su caso, de la documentación complementaria que se adjunta.

4. Cuando se solicite dispensa total o parcial de garantía, conforme a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 51, en sustitución de los datos a que se refieren las letras e) y f) del apartado 3 anterior, se aportará la siguiente documentación:

a) Declaración responsable del peticionario manifestando carecer de bienes o derechos o no poseer otros que los ofrecidos en garantía.

b) Balance y cuenta de Pérdidas y Ganancias de los tres últimos ejercicios y, en su caso, informe de auditoría.

c) Plan de viabilidad, caso de existir, y cualquier otra información con trascendencia económico-financiera o patrimonial que se estime pertinente por la Administración.

5. El solicitante podrá acompañar, además, los documentos o justificantes que estime oportunos en apoyo de su petición.

6. Para la tramitación de la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento será condición indispensable que el solicitante se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-08-2001 en vigor desde 11-08-2001