Articulo 54 Reglamento de...as del THG

Articulo 54 Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del THG

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Artículo 54. Primas de seguro colectivo temporal de riesgo puro para muerte o invalidez.

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A efectos de lo dispuesto en el artículo 17.2.f) de la Norma Foral del Impuesto, no se considerará retribución en especie el importe de las primas correspondientes a contratos de seguro colectivo temporal de riesgo puro para el caso de muerte o invalidez, hasta el límite de 500 euros.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-10-2014 en vigor desde 18-10-2014