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Articulo 54 Reglamento de Administración Electrónica

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Artículo 54. Práctica de la notificación electrónica

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La práctica de las notificaciones electrónicas se realizará, con carácter general, por comparecencia electrónica, del siguiente modo.

1. La persona interesada, debidamente identificada, accederá al contenido de la actuación administrativa correspondiente a través de la sede electrónica de la Generalitat. Previamente, se enviará por correo electrónico a la dirección facilitada por el interesado, un aviso de notificación, de carácter informativo, que le comunicará la existencia de una notificación dirigida a este, así como la dirección de la página web a la que debe acceder para obtenerla.

2. Este aviso de notificación deberá especificar, además de los datos que permitan la identificación de la notificación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que transcurridos diez días naturales a partir de la fecha de su notificación, sin que tenga lugar el acceso a esta, equivaldrá al rechazo de la notificación a los efectos contemplados en la normativa legal vigente, salvo que de oficio o a instancia del destinatario se compruebe la imposibilidad técnica o material del acceso.

3. El interesado podrá acceder a la notificación electrónica previa su identificación personal por cualquiera de los medios definidos en el artículo 26. La notificación contendrá la designación del órgano administrativo o entidad que efectúa la notificación, la referencia al tipo de documento que se notifica, el número de expediente al que se refiere, y la fecha y registro de salida.

4. Si el interesado acepta la notificación, podrá acceder a los documentos objeto de la misma, que también tendrán formato para impresión.

5. Se dejará constancia en el expediente administrativo de la aceptación o rechazo de la notificación electrónica, produciendo los efectos previstos en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-12-2014 en vigor desde 18-12-2014