Articulo 54 Presupuestos 2012 Canarias

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Artículo 54.- Nombramiento de personal estatutario interino.

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1. Durante el año 2012, el nombramiento de personal estatutario interino en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud sólo procederá en casos excepcionales, para cubrir necesidades urgentes e inaplazables, y siempre que exista cobertura presupuestaria.

2. Para los nombramientos a que se refiere este artículo, se solicitará autorización previa de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, y se dará cuenta, cada mes, a las direcciones generales de Recursos Humanos y de Planificación y Presupuesto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2011 en vigor desde 01-01-2012