Articulo 54 Ordenación de...versitario

Articulo 54 Ordenación del Sistema Universitario

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 54. Financiación de inversiones.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. La financiación de inversiones de la Universidad de Zaragoza podrá estar ligada a contratos-programa o a convenios plurianuales. También podrá existir financiación de origen privado o de otras instituciones vinculada a la realización de inversiones.

2. El Gobierno elaborará periódicamente, con participación de la universidad, un plan plurianual de inversiones en el que se especificarán las actuaciones que se compromete a financiar y que servirán para la suscripción de contratos-programa o convenios plurianuales con la Universidad de Zaragoza.

3. El plan de inversiones universitarias debe tener en cuenta la aplicación de criterios de sostenibilidad y de medidas que faciliten la movilidad de las personas con discapacidades.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-06-2005 en vigor desde 25-06-2005