Articulo 54 Medidas Fiscales y Administrativas 2011 de Aragón
Artículo 54. - Modificación de la Ley 3/1994, de 23 de junio, de creación del Parque PosetsMaladeta.
La Ley 3/1994, de 23 de junio, de creación del Parque Posets-Maladeta, se modifica como sigue.
1. El artículo 4 se redacta como sigue:
«Artículo 4.- Competencia. La Administración del Parque Natural se encomienda al Departamento competente en materia de conservación de la naturaleza del Gobierno de Aragón.
Corresponderá igualmente a dicho Departamento la ejecución de las medidas de protección en las Zonas Periféricas y de las medidas de fomento en el Área de Influencia Socioeconómica.»
2. El artículo 6 se redacta como sigue: «Artículo 6.- Gerente para el desarrollo socioeconómico El Departamento competente en materia de conservación de la naturaleza podrá encomendar a un Gerente, según lo establecido en el artículo 44 de la Ley 6/1998, de 19 de mayo, de Espacios Naturales Protegidos de Aragón, el fomento del desarrollo socioeconómico del parque natural, de su zona periférica de protección y de su área de influencia socioeconómica.»
- Texto Original. Publicado el 19-03-2012 en vigor desde 20-03-2012