Articulo 54 Libro, Lectura y Patrimonio Bibliográfico
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»Artículo 54. Creación
Vigente
Se crea el Consejo Madrileño de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas, como órgano consultivo de la Comunidad de Madrid sobre las políticas lectoras, bibliotecarias, patrimoniales y relativas al sector del libro, a desarrollar en el ámbito de sus competencias.