Articulo 54 Derechos y la...olescencia

Articulo 54 Derechos y las oportunidades en la infancia y la adolescencia

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Artículo 54. Medio ambiente

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Las administraciones públicas, para garantizar el derecho de los niños y los adolescentes a conocer el medio natural de Cataluña y a disfrutar del mismo, deben promover:

a) El respeto y el conocimiento de la naturaleza y el medio rural entre niños y adolescentes, informándoles sobre la importancia de un medio ambiente saludable y capacitándoles para que hagan un buen uso del mismo.

b) Visitas e itinerarios programados para conocer la diversidad del entorno.

c) Programas formativos, divulgativos y de concienciación para el uso responsable y sostenible del medio rural y de los recursos naturales y la adquisición de unos hábitos positivos para la conservación del medio ambiente.

d) El desarrollo sostenible de Cataluña, que garantice a niños y adolescentes poder ejercer el derecho al que se refiere el presente artículo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-06-2010 en vigor desde 02-07-2010