Articulo 54 Comercio de C Valenciana

Articulo 54 Comercio de C. Valenciana

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 54. Venta piramidal

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Es ilícito crear, dirigir o promocionar un plan de venta piramidal en que el consumidor realice una contraprestación a cambio de la oportunidad de recibir una compensación derivada fundamentalmente de la entrada de otros consumidores en el plan, y no de la venta o el suministro de los productos o servicios.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-03-2011 en vigor desde 25-04-2011