Articulo 53 tratamiento de informacion confidencial tratamiento Ley derogada de Defensa de la competencia
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»Articulo cincuenta y tres- Tratamiento de información confidencial
Vigente
(DEROGADO)
El Servicio y el Tribunal de Defensa de la Competencia en cualquier momento del expediente podrán ordenar, de oficio o a instancia del interesado, que se mantengan secretos los datos o documentos que consideren confidenciales, formando con ellos pieza separada.
Modificaciones
- Modificación realizada por LEY 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.
(BOE de 04-07-2007) en vigor desde 01-09-2007 - Texto Original. Publicado el 18-07-1989 en vigor desde 01-09-2007