Articulo 53 TR. de la ley por la que se regulan los servicios de prevencion, extincion de incendios y salvamentos
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»Artículo 53. Procedimiento sancionador para infracciones muy graves y graves.
Vigente
El procedimiento sancionador correspondiente a las infracciones tipificadas como graves y muy graves se ajustará a lo dispuesto en el Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-10-2006 en vigor desde 27-10-2006