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Articulo 53 residuos y suelos contaminados para el fomento de la economía circular

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Artículo 53. Residuos de construcción, demolición y desmontaje

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1. Sin perjuicio de la normativa específica para determinados residuos, en las obras de demolición o desmontaje, deben retirarse, prohibiendo su mezcla con otros residuos, y manejarse de manera segura las sustancias peligrosas, en particular, el amianto.

2. Los residuos de la construcción, demolición y desmontaje no peligrosos deben ser clasificados en, al menos, las siguientes fracciones: madera, fracciones de minerales (hormigón, baldosas, azulejos, cerámica y piedra), metales, vidrio, plástico y yeso. Así mismo, se deben clasificar aquellos elementos susceptibles de ser reutilizados, como por ejemplo tejas, sanitarios o elementos estructurales. Esta clasificación se realizará de manera preferente en el lugar de generación de los residuos y sin perjuicio del resto de residuos que ya tienen establecida una recogida separada obligatoria.

3. La demolición se debe llevar a cabo preferiblemente de manera selectiva, y con carácter obligatorio a partir del 1 de enero de 2024, garantizando la retirada de, al menos, las fracciones de materiales indicadas en el apartado anterior, previo estudio que identifique las cantidades que se prevé generar de cada fracción, cuando no exista obligación de disponer de un estudio de gestión de residuos y prevea el tratamiento de estos segundos la jerarquía establecida en el artículo 6.1.b.

4. La administración autonómica y las entidades locales, en el ámbito de sus competencias, deben tomar las medidas necesarias para conseguir el máximo nivel de reutilización de elementos reutilizables procedentes de demolición y desmontaje, así como el máximo nivel de reciclaje de alta calidad y utilización de materiales valorizados certificados procedentes de residuos de construcción, desmontaje y demolición.

5. Se faculta a la conselleria competente en materia de residuos, en colaboración con la conselleria competente en materia de arquitectura e innovación en la construcción, al impulso y el fomento a través de su desarrollo normativo de las siguientes herramientas para mejorar la trazabilidad en el uso de materiales en el ámbito de la construcción:

a) Pasaporte de materiales de edificio. Se adoptarán todas aquellas medidas que desde diferentes ámbitos legislativos se aplican sobre este tema y fomenten y favorezcan la implantación del pasaporte de materiales del edificio, puesto que se trata de un mecanismo que permite la trazabilidad de los materiales con el objetivo de mejorar las condiciones de vida y reducir el impacto ambiental en todo su ciclo.

b) Modelado de información de construcción (BIM). Metodología de trabajo basada en la digitalización y en la colaboración entre agentes a lo largo de todo el ciclo de vida de una edificación o infraestructura. Requiere del conocimiento y formación en tecnologías asociadas a las nuevas herramientas de diseño, y su objetivo es obtener una mayor eficiencia en la inversión en infraestructuras e industria en general, puesto que la citada metodología pretende conseguir una reducción de riesgos e incertidumbres y un incremento en la calidad, tal como recoge el Real decreto 1.515/2018, de 28 de diciembre, por el que se crea la comisión interministerial para la incorporación de la metodología BIM en la contratación pública. La administración de la Generalitat Valenciana atenderá lo dispuesto en el referido real decreto y contribuirá con sus políticas a conseguir los fines que se persiguen para impulsar y garantizar la coordinación entre administraciones y sus organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes, en la implantación de la metodología BIM en la contratación pública.

c) Guía verde de medidas medioambientales en la contratación pública en el ámbito de la edificación de la Generalitat. La administración pública, en su papel ejemplarizante, promoverá un cambio de paradigma en la construcción que se vea reflejado en los procesos de contratación pública. Para ello, la Guía verde de medidas medioambientales en la contratación pública en el ámbito de la edificación de la Generalitat, elaborada por la Dirección General de Innovación Ecológica en la Construcción, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, servirá de referencia en los procesos de contratación pública de la Generalitat.

6. La conselleria competente en materia de residuos debe realizar, en un plazo máximo de nueve meses desde la entrada en vigor de esta ley, el desarrollo normativo de la legislación básica estatal que regule la producción y gestión de los residuos de construcción, demolición y desmontaje.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-12-2022 en vigor desde 21-12-2022